La fiscal del Distrito Nacional, Yeni Berenice Reynoso, consideró como improcedente la libertad condicional concedida a Sammy Dauhajre, procesado por lavado de activos en el caso José David Figueroa Agosto.
“No es procedente, pero un juez la otorgó y qué debe hacer el ministerio público cuando entiende que una decisión no está conforme a derecho, recurrirla y es lo que ha dicho el ministerio público que hará”, explicó.
En cuanto a la negación de la libertad condicional solicitada por la reclusa Sobeida Félix Morel, Reynoso reflexionó que “a veces yo pienso que no se sabe con certeza cuál es la función del juez de ejecución de la pena. Y es que es el juez de ejecución de la pena es totalmente libre de decidir si la otorga o no, y el juez en dos ocasiones ha decidido que entiende que ella no cumple con las condiciones para obtenerla”.
La magistrada alega que la decisión del ministerio público no vincula al juez de ejecución de la pena quien tiene una función distinta al juez de juicio, quien si está vinculado a los pedimentos de las partes por el principio de justicia rogada.
“Pero el juez de la ejecución entendió que no había méritos para otorgarle la condicional. Que su abogado diga que la va a solicitar es un derecho y por eso la fiscalía no tiene nada que decir porque es un derecho que le confiere el Código, solicitarla cada vez que lo entiende; como el juez está en su derecho de hacer lo que se hizo”, señaló.
Al ser cuestionada sobre el acuerdo previo que debería reposar en la fiscalía, el cual implicó una condena de cinco años de prisión para salir en libertad condicional tras cumplir la mitad de la pena, la magistrada dijo: “Y dónde está el acuerdo”.