Según los Estatutos y Reglamentos del partido, las primarias para elegir candidato se resuelven en un plazo máximo de 15 días desde se abra el plazo para presentar candidaturas; la convocatoria de Congreso ordinario implica un plazo de 60 días, y la de un Congreso extraordinario, limitado a un asunto "específico", se reduce a 40.
Por el momento, lo único claro es que el presidente del Gobierno y secretario general del partido, José Luis Rodríguez Zapatero, quiere que el Comité Federal fije el calendario para unas primarias.
En tal caso, los aspirantes podrán presentar su candidatura en un plazo de entre 15 y 20 días, y hacerlo con el respaldo de la Comisión Ejecutiva Federal --la dirección del PSOE-- "por mayoría", o con "el aval del Comité Federal", aunque el reglamento no especifica si este órgano puede avalar a uno o varios candidatos o si es necesario un porcentaje mínimo de sus miembros. La tercera opción para un aspirante es conseguir el aval de un 10 por ciento de los militantes del PSOE, que actualmente superan los 220.000.
Según los reglamentos del PSOE, en el caso de que la Presidencia del Gobierno esté en manos del PSOE "sólo se aplicará el sistema de primarias si lo solicita la mayoría del Comité Federal". Sin embargo, fuentes del PSOE aseguran que en este caso no hace falta que el Comité Federal lo apruebe, porque la clave es que Zapatero ha decidido no volver a presentarse, y esa disposición se redactó para casos particulares en los que, por ejemplo, una federación o agrupación quiera impedir, por mayoría, la continuidad de un alcalde en ejercicio.
En caso de elecciones primarias, los aspirantes presentan sus candidaturas a la Comisión Federal de Garantías, que debe comprobar si cumplen los requisitos y, en tal caso, proclamarlos como aspirantes. Contra su decisión cabe recurso en un plazo de 48 horas, y su resolución tendrá carácter definitivo. A partir de ese momento se abre una campaña de siete días y se procede a la votación.
Para convocar un Congreso, --el "órgano soberano" del partido en el que se renovaría su partido y su línea ideológica--, los Estatutos sólo señalan que el Comité Federal convoca los congresos ordinarios y también los extraordinarios, pero no precisa si debe ser a petición de un porcentaje mínimo de sus miembros.
Un Congreso ordinario se reúne "entre el tercer y el cuarto año" desde la celebración del anterior, que fue el 4 de julio de 2008, de manera que el PSOE podría celebrar de inmediato un Congreso que sea "ordinario".
Un Congreso extraordinario se convoca cuando lo aconsejan "circunstancias especiales" o para tratar algún "tema específico" y puede convocarlo la Ejecutiva Federal, el Comité Federal --el reglamento tampoco habla de porcentajes-- o "cuando lo pidan la mitad más uno de los militantes". Un Congreso extraordinario sólo puede adoptar resoluciones sobre las materias previstas en su orden del día.
ENTRE 500 Y 2.000 DELEGADOS
A los Congresos Federales acuden "delegados" de las distintas federaciones, entre 500 y 2.000, según decida el Comité Federal, y son ellos los que, mediante voto "individual, directo y secreto" eligen al secretario general.
Según los Estatutos, los aspirantes a ser secretario general deben contar con el aval de al menos un 20 por ciento de los delegados al Congreso --las normas impiden recabar el apoyo de más del 30 por ciento--. El reglamento del Congreso, no obstante, se limita a hablar de "los requisitos que se establezcan a tal efecto".
Esos delegados al Congreso se eligen en las federaciones socialistas a través de "listas completas, cerradas y bloqueadas". No obstante, en caso de que haya dos listas y la minoritaria alcance el 20 por ciento de los votos, se le otorgará una representación proporcional.
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