Los responsables de la implementación del sufragio en los recintos penitenciarios son la Junta Central Electoral (JCE) y la Procuraduría General de la República. La Procuraduría facilitaría las condiciones para que la JCE monte y organice el proceso. El voto sólo podrán ejercerlo los internos preventivos, es decir, aquellos que no han sido objeto de sentencia definitiva y en el proceso judicial pueden ser absueltos o negociar con el Ministerio Público rebajas de penas, tal y como lo establece el Código Procesal Penal.
La JCE dispuso que el voto en los recintos penitenciarios sólo lo ejerzan los internos en el Nuevo Modelo de Gestión Penitenciaria, que alberga hasta el momento a menos de 3,200 personas, de las cuales 2,061 están en condiciones preventivas, que conformarían el Padrón Electoral Penitenciario.
Padrón bajo control oficial
Aunque la JCE establece en el reglamento del voto en los recintos penitenciarios la conformación del Padrón Penitenciario, aún el mismo no se ha iniciado y los partidos ni movimientos políticos ni sus delegados ante el tribunal de elecciones han planteado posición al respecto, como tampoco se han referido a cuestiones tan sensibles como qué tipo de activismo de campaña desarrollar dentro de los recintos y con una población influenciable por los fiscales.
El reglamento aprobado por la JCE excluye a los partidos del proceso de cedulación y de elaboración del Padrón Electoral Penitenciario, dejando, en manos de la Procuraduría General de la República, una dependencia del Gobierno, la conformación del documento base para inscribir a los electores.
Al respecto, el Comité para el Mejoramiento de la Cárcel de Najayo, que coordina el economista Luis Álvarez Renta, plantea el voto de todos los internos del país, y considera que el artículo 7 del reglamento debe ser evaluado para que los partidos participen en la inspección del empadronamiento, “frente al hecho real de que el nivel de control e influencia de los reclusos, por parte de las autoridades penitenciarias, es mucho mayor que el que puede ejercer sobre los ciudadanos comunes”.
Solo 2,061 privados preventivos votarán
La Dirección General de Prisiones estima que a septiembre de 2010 la población carceleraria era de 20,513 personas, de los cuales 13,242, es decir, el 64.6%, estarían en condición preventiva.
Si se parte del hecho de que solo 2,061 (64% de los 3,200 existentes) internos preventivos del Nuevo Sistema de Gestión Penitenciaria votarían, alrededor de 11,181 preventivos, o sea el 84%, se quedarían sin ejercer su derecho al voto.
Si se parte del hecho de que solo 2,061 (64% de los 3,200 existentes) internos preventivos del Nuevo Sistema de Gestión Penitenciaria votarían, alrededor de 11,181 preventivos, o sea el 84%, se quedarían sin ejercer su derecho al voto.
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