31 mayo 2012

Justicia española da razón a padre divorciado que pidió dividir casa en dos


(EFE).- El Tribunal Supremo, la máxima instancia judicial en España, ha dado la razón a un padre divorciado que pidió dividir en dos la vivienda familiar para instalarse en la planta baja del inmueble, al tiempo que ha atribuido a la madre de sus dos hijos el uso del resto de la casa.   En la sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, se anula así el fallo de la Audiencia Provincial de Málaga de septiembre de 2010, que atribuyó a la madre y los niños el disfrute en su integridad de la casa, que el matrimonio compartió durante diez años.   El Supremo ha tenido en cuenta que se trata de un inmueble de tres plantas, en el que es posible la división material, y que no existe conflictividad entre los cónyuges.
   En este sentido, señala que el inmueble es propiedad exclusiva del marido -lo adquirió antes del matrimonio- y que la propuesta de división no es tal, sino “una redistribución de espacios en el inmueble que no altera su régimen”, con lo que se protege el interés de los hijos menores y del propio marido.

  De esta forma se formula la doctrina de que “cabe la división material de un inmueble en el procedimiento matrimonial” cuando ello sea lo más adecuado para proteger el interés del menor, siempre que la división sea posible y útil porque las viviendas resultantes reúnan las condiciones de habitabilidad.   La pareja se casó en 1999, con el régimen económico de bienes gananciales (son comunes las ganancias o beneficios obtenidos durante el matrimonio), y tuvo dos hijos, que eran menores de edad cuando la mujer presentó la demanda de divorcio en 2009. 
 La madre pidió además de la guardia y custodia de los niños, el uso de la vivienda conyugal, los alimentos de los hijos y una pensión compensatoria.   El padre, que se opuso en parte a dicha demanda, señaló que en la planta baja de la casa tenía su taller, por lo que pidió que se le reservase el derecho de uso de esta parte del inmueble para instalar allí su vivienda.   Un juzgado en primera instancia -que repone ahora el Supremo- estimó en parte la demanda y atribuyó al padre la planta baja y sótano. La mujer recurrió aquel primer fallo al argumentar que la división de la vivienda podría constituir un “ataque a la intimidad de las personas". EFE

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