El pasado 31 de octubre, a plena luz del día en Halloween, una familia en Lares se llevó una desagradable e insólita sorpresa.
Juan A. Pérez Reyes, de 57 años de edad, fue sorprendido por su sobrina, Taidí Pérez Pagán, mientras este sostenía relaciones sexuales con una yegua perteneciente a la joven.
“Ella salió del patio de su residencia a verificar el estado del animal, ya que había escuchado unos ruidos... Una vez en el patio, pudo observar cuando el señor Juan Pérez cometía los actos”, informó el comandante de la región policiaca de Utuado, Jaime Mont.
Los hechos ocurrieron a plena luz del día en los alrededores de la residencia de Pérez Pagán, quien también es vecina del imputado.
La Policía indicó que el hombre no tiene antecedentes criminales previo a este delito y no pudieron divulgar si el individuo padece de sus facultades mentales.
El hombre fue fichado por violación al artículo 134 (bestialismo) del nuevo Código Penal, que establece sanciones de hasta tres años a “toda persona que lleve a cabo, o que incite, coaccione o ayude a otra a llevar a cabo cualquier forma de penetración sexual con un animal”.
Por estos hechos, la jueza Wanda Concepción, del Tribunal Superior de Utuado, encontró causa para arresto contra el individuo y le impuso una fianza de $20,000, la cual fue prestada a través de la Oficina de Servicios con Antelación al Juicio (OSAJ).
Al momento, no se ha fijado fecha para la vista preliminar en contra de Pérez Reyes.
No es normal
El psicólogo Carlos Víctor Sosa advirtió que este tipo de conducta podría implicar un desorden emocional en la persona que lo practica.
“Es posible que esta persona tenga una salud mental disfuncional, que tenga un tipo de parafilia. Presentan conductas que se apartan de la norma, de lo que se supone que sea adecuado en términos de balance psicológico”, explicó el experto en conducta.
“Las personas que tienen este tipo de comportamiento demuestran que hay una inmadurez y una falta de desarrollo en su psiquismo”, puntualizó.
¿Qué es bestialismo?
En su significado más simple, la Real Academia Española define el bestialismo como “relación sexual de personas con animales”.
Contrario a la creencia popular, el término “bestialismo” no es lo mismo que “zoofilia”. Según un artículo publicado por la Escuela de Derecho de la Universidad de Michigan, “zoofilia” se refiere a la atracción sexual de un humano hacia un animal. En cambio, el bestialismo hace referencia al acto de tener relaciones sexuales con animales.
El artículo 134 del nuevo Código Penal establece que “toda persona que lleve a cabo, o que incite, coaccione o ayude a otra a llevar a cabo cualquier forma de penetración sexual con un animal, será sancionada con pena de reclusión por un término fijo de tres (3) años”.
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